Preguntas y respuestas sobre herencias

Recuerda, el primer asesoramiento es fundamental. Disponemos de un equipo de abogados especialistas en resolución de conflictos hereditarios.

¿Cómo puedo aceptar la herencia?

Existen dos modalidades:
Aceptación pura ( la acepto con sus deudas y cargas , respondiendo de éstas con mis bienes y con los de la herencia).
Aceptación a beneficio de inventario ( la acepto con sus deudas y cargas, pero solo respondo con los bienes de la herencia).

¿Cómo se produce la repartición de la herencia?

A los hijos les corresponde un tercio de legítima de la herencia a cada uno.

¿Qué herencia le corresponde a mi cónyuge?

Al cónyuge viudo le pertenece un tercio en usufructo de la herencia y una mitad de los bienes gananciales.

¿Cómo se compone la herencia?

La herencia se compone de un tercio de legítima , un tercio de mejora y otro de libre disposición.

¿Qué debo hacer si uno de los herederos se niega a firmar la partición de la herencia?

Debes ponerte en manos de un abogado especialista en herencias y sucesiones.

¿Qué entendemos por legítima?

La Ley reserva un tercio de legítima en la herencia a los herederos legítimos.

¿Se puede privar a un heredero de su legítima?

No, salvo que existan causas para privarle de la herencia.

¿Cómo puedo privar de la herencia a un hijo?

Las causas vienen establecidas por Ley:

* Haber negado sin motivo legítimo los alimentos al padre o haberlo maltrado de obra o injuriado gravemente de palabra.

900 373 458

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